Foro Nacional por Colombia
Foro Nacional por Colombia
La Fundación Foro Nacional por Colombia es una organización civil no gubernamental, sin ánimo de lucro, que surge en 1982 como una iniciativa de académicos e investigadores colombianos, interesados en aportar al fortalecimiento de la democracia en Colombia, la promoción de valores y prácticas que propicien la convivencia y la creación de condiciones para el ejercicio de una ciudadanía activa con capacidad de incidencia en los asuntos públicos.
#Comunicado | El Artículo 77 del Plan Nacional de Desarrollo genera riesgos para las organizaciones de la sociedad civil
17 de abril de 2023
Las organizaciones firmantes alertamos los riesgos democráticos y participativos de la aprobación del artículo 77 “Disolución de entidades sin ánimo de lucro” incluido en el articulado del Plan Nacional de Desarrollo “Colombia: Potencia Mundial de la Vida 2022 – 2026”. El artículo constituye un retroceso en términos de garantías para la participación ciudadana, por cuanto establece requisitos y obstáculos adicionales que no corresponden con las realidades de las Organizaciones de la Sociedad Civil -OSC- colombianas.
La versión del PND aprobada en primer debate en el Congreso de la República establece:
“ARTÍCULO 77° DISOLUCIÓN DE ENTIDADES SIN ÁNIMO DE LUCRO. Las entidades sin ánimo de lucro que tengan el deber legal de registrarse ante la Cámara de Comercio de su domicilio principal, deberán hacerlo dentro de los doce (12) meses siguientes a la entrada en vigencia de la presente Ley.
Una vez culminado el plazo señalado en el inciso anterior sin que se hubiera cumplido con la obligación de registro, la autoridad competente de inspección vigilancia y control (sic) de plano deberá declarar de oficio la disolución y cancelación de su personería jurídica (…).
Una vez se encuentre en firme la decisión, las entidades de que trata el presente artículo, quedarán disueltas y en estado de liquidación por lo que perderán su personería jurídica, y solo podrán realizar los actos necesarios para adelantar su proceso de liquidación”. p. 56 – 57.
Como lo ha señalado la Organización de Estados Americanos (OEA) en su Declaración de Principios Interamericanos sobre creación, funcionamiento, financiamiento y disolución de Entidades Civiles sin fines de lucro, los Estados tienen el deber de garantizar unas reglas y un diseño institucional propicio para las OSC, máxime cuando no ha existido un entorno habilitante para su labor, como ha sido el caso colombiano. Igualmente, el Relator Especial de las Naciones Unidas para la Libertad de Asociación, ha recomendado el mejoramiento y simplificación de los registros de las OSC, resaltando la importancia de procedimientos de notificación en detrimento de procedimientos de autorización previa, por cuanto constituyen restricciones e intervenciones indebidas de las autoridades públicas en el quehacer ciudadano. A la luz de estas disposiciones, el artículo 77 viola los derechos y principios de libertad de asociación; autonomía de la voluntad; registro o reconocimiento a cargo de una instancia independiente y autónoma; procedimientos de registro sencillos y transparentes; libertad de funcionamiento; disolución voluntaria; sanciones proporcionales y debido proceso.
Además, la imposición unilateral de nuevos requisitos a las OSC puede suponer riesgos adicionales a su labor, especialmente en las regiones más afectadas por el conflicto armado. Una medida que abre la puerta al debilitamiento de las OSC puede generar la desprotección y, en consecuencia, el recrudecimiento de la violencia contra sus liderazgos y comunidades.
Conminamos al gobierno nacional a mantener sus compromisos con la ampliación democrática y con las garantías para la participación ciudadana para el Diálogo Social y al Congreso de la República, a eliminar el Artículo 77 del Proyecto de Ley y en general evitar la aprobación de normativas regresivas en términos de derechos y libertades ciudadanas. Es imperativo atender las propuestas de las OSC con respecto a su registro independiente, autónomo y concordante con las realidades nacionales, el acceso en condiciones de igualdad, fondos de financiación públicos, el reconocimiento de su importancia para la democracia y la vida nacional, entre otros.
La ciudadanía debe tener plenas garantías para su organización y participación a través de legislaciones progresivas y proporcionales, que atiendan sus necesidades y que protejan su protagonismo en la construcción democrática y del Estado Social de Derecho. La Paz Total, la transición democrática y las reformas de los grandes problemas nacionales sólo serán posibles con la más amplia participación ciudadana.
Firman,
Organizaciones:
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Fundación Foro Nacional por Colombia
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Transparencia por Colombia
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Viva la Ciudadanía
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Corporación Podion
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Casa de la Mujer
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Cinep/PPP
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Corporación Conciudadanía
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Corporación Región
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Comisión Colombiana de Juristas
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Consejo Laboral Afrocolombiano – CLAF
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Federación Antioqueña de ONG
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Organización Artemisas
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Extituto de Política Abierta
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Temblores ONG
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Asociación de Mujeres de Oriente – AMOR
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Veeduría Ciudadana al Plan Estratégico de la Comuna 6 de Medellín
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Fundación Suma Kausai Colombia-FSKC
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Fundación Polari
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FUNCICAR
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APRODIC
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Corporación de Cultura y Turismo de la Provincia de Vélez ESAL
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Amazon Conservation Team
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Corporación de Cultura de la Provincia de Vélez ESAL
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Federación Nacional de Personerías de Colombia- Fenalper
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Red de Iniciativas para la Gobernabilidad, la Democracia y el Desarrollo Territorial (RINDE)
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Otro Rumbo Fundación
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Consejo Labora
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Fundación Artes y Talentos
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Fundación Colombia Vive
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Fundación Mnemosine Forjando Ciudadanías
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Save the Children
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Veeduría Ciudadana Nacional de Mujer y Género
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Asocompaz Galapa
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Asociación de Afrodescendientes Nelson Mandela
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Fundación Ambiental Mi Mar – FUNDEMAR
- Plataforma Colombia de Derechos Humanos, Democracia y Desarrollo.
- Colectivo de Abogados José Alvear Restrepo – CAJAR.
- Movilizatorio
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Asociación de Juventudes Innovados
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Corporación Andares Ida y Vuelta
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Asociación de Organizaciones Campesinas y Populares de Colombia EL COMÚN
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Asociación Santa Rita para la Educación y Promoción Funsarep
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Fundación Vivir y Aprender con Amor FUVYAM
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Asociación Campesina Desplazados de Bejuco Prieto
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COVINCLAN ONG
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Corporación de Vendedores Informales de Inglés y Claret
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Fundación Renacer Colombia en Paz Yair Alfonso Toncel López
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Fundación Renovando Vidas de la Ciénaga del Mágdalena
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Cooperativa Agropecuaria del Centro del Magdalena Coolapaz
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Fundación Principio y Fin
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FundeProca Fundación para Desplazados y Campesinos
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Comité Ambiental en Defensa de la Vida del Tolima
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Comité Ambiental de Piedras
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Fundación Reeducando y Creando (Recicreando)
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Comité Ambiental del Venadillo
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Corporación TAMSA EL REGALO ES LA VIDA
- Misión de Observación Electoral -MOE-
- Red RINDE
Personas:
- Albert Hernández Guerra
- Alejandra Cárdenas Quintero
- Álvaro Venecia Carrillo
- Ana Rosa Paez de Salazar
- Ana Milena Moreno Quevedo
- Andrea Montoya Duque
- Ángela María Gómez Vega
- Andrés Godoy puentes
- Carlos Ernesto Cruz Puentes
- Carlos Alberto Gaitán
- Carmen Moreno
- Carolina Gil
- Claudia Suárez
- Constanza Magali Guzmán Bonilla
- Daniel Aristizabal
- Diana Patricia Santana Jiménez
- Edgar Alexander Hernández Beltrán
- Elena Bustos Rincón
- Emeterio Canaval Cordova
- Ena Elvira Tous Banquez
- Esperanza Lozano
- Felipe Cortés
- Felipe Alexander Godoy Puentes
- German A. Gomez Peñate
- Gustavo Adolfo Aragón
- Héctor Salvador Rubiano Marquez
- Hernando Chindoy Chindoy
- Ingrid Gómez Márquez
- Jeidi Yasmin Galeano Cobos
- Jenniffer Alejandra Lopez Florez
- Jessica Yamile Buendia
- Jesualdo Arzuaga
- Joaquín Gregorio Tovar Barreto
- José Sebastián García Villalba
- Juanita Londoño Niño
- Lina Marcela Castro Ortiz
- Luz Claudia Salazar Paz
- Luz Marina Puentes Barrera
- Manuel Fernando Marin Benjumea
- Maria Consuelo Prada Sanabria
- María Patricia Navarrete
- Mario Rodriguez
- Mario Salazar Escobar
- Mario Salcedo Sanchez
- Matilde Ester Maestre Rivera
- Melany Alejandra Chingate Garcia
- Miguel O Rodríguez G
- Nancy García Escalante
- Nombre completo de la persona
- Paola Sánchez Cepeda
- Paula Andrea Galeano Morales
- Rosa Elizabeth Salazar Paez
- Sara Alejandra Vargas Núñez
- Sergio Iván Jiménez Suárez
- Tatiana Carolina Galindo Puentes
- Viviana Onela Salazar Paez
- William Vargas Castro
- Wendy Stefany Ávila López
- Yanelis Julio Blanco
- Yesica Paola Romero Montalvo
Mayor información de Prensa y Comunicaciones:
Wendy Ramos Niño | comunicaciones@foro.org.co | Cel: 3192276890
Observaciones generales de la Fundación Foro Nacional por Colombia al documento preliminar de formulación de la Política Pública de participación ciudadana
El pasado 7 de julio, recibimos del Departamento Administrativo de la Función Pública una invitación a participar de la consulta pública sobre la Política Pública de Participación Ciudadana construida por el Ministerio del Interior, el DNP y Departamento Administrativo de la Función Pública, publicada en la página del Ministerio del Interior.
A continuación presentamos nuestros comentarios y observaciones luego de la lectura que pudimos hacer en tan corto tiempo.
En términos generales, consideramos que, si bien el documento en cuestión denota un esfuerzo importante por desarrollar un marco comprensivo de la participación ciudadana, este enfoque se desdibuja en la medida en que se pasa de los postulados conceptuales al diagnóstico y a los lineamientos del plan de acción. En este orden de ideas, planteamos los siguientes comentarios y observaciones al documento en cuestión:
- Como derecho consustancial a la vida democrática, la participación ciudadana implica tres aspectos esenciales: el protagonismo ciudadano en la toma de decisiones sobre los temas nacionales; la posibilidad de expresión de la diversidad cultural que alberga el país, y el control y vigilancia a las acciones de las autoridades. Pese a los muchos desarrollos legislativos e institucionales, en la actualidad el derecho a la participación ciudadana no cuenta con las garantías suficientes ni con un entorno adecuado para su ejercicio. El diagnóstico que se presenta, con visibles vacíos, limitaciones y confusiones metodológicas y conceptuales, se ve mucho más reducido en los lineamientos de la política que se proponen. Tal reducción se pude ver en que se simplifican, en gran medida, a asuntos procedimentales, ajustes institucionales, medidas más de forma que de fondo, que no contribuyen a la profundización de la democracia. Termina siento un modelo basado más en la oferta institucional y poco o nada en la generación, habilitación y promoción de espacios y escenarios de interlocución de la ciudadanía con el Estado. Es decir, predomina, al final, una muy pobre concepción de la ciudadanía que deja de lado su papel como actores de la participación que intervienen en los procesos participativos como portadores de intereses colectivos específicos en pos de resultados concretos para la realización de tales intereses, siendo éstos en general el recurso para la realización de derechos concretos.
- Conceptualmente, hay una gran debilidad entre algunos enunciados generales que se incluyen en el marco normativo y en el marco conceptual, con respecto al plan de acción de la política. Este se basa en un esquema tradicional del ejercicio de la participación ciudadana y se centra en los diseños institucionales y en los procesos y procedimientos que en la materia deben adoptar las entidades públicas. Tal esquema tradicional de la participación también se evidencia en que, a los actores o sujetos de la participación ciudadana, se les denomina en el texto de la propuesta de política como “grupos de interés” o como “clientes”. Esto no es un asunto meramente de forma; de hecho, denota una concepción subordinada y pasiva que se le atribuye a la ciudadanía y se le resta valor la capacidad de agencia con que los actores de la participación intervienen en la vida colectiva buscando trasformar sus condiciones de vida, la realización de sus derechos así como también perseguir el permanente fortalecimiento de las instituciones democráticas y la inclusión de nuevos actores mediante la reducción de las asimetrías de información, recursos, capacidades y poder. Al Estado democrático le corresponde generar las condiciones y las garantías para reducir al máximo de tales asimetrías, de manera que los actores puedan intercambiar ideas y negociar intereses en las condiciones más igualitarias posibles acción que puede desarrollarse mediante la participación en espacios formales o a través de dinámicas no institucionales, como la movilización social y la protesta pacífica.
- Preocupa la ausencia total en la propuesta de política pública de participación de las tareas y compromisos incluidos en el Acuerdo de Paz y de las responsabilidades que le competen al Estado en materia de protección y garantías para la participación ciudadana en todas sus modalidades, incluida la movilización y la protesta social. Se echa de menos la inclusión de acciones precisas que propendan por el respeto y la ampliación de formas y espacios no institucionales de participación ciudadana, en especial la protesta pacífica y la movilización social, a través de la revisión de las resoluciones 1190 de 2018 y 1139 de 2020, con el fin de elaborar un acto administrativo que defina el Protocolo Nacional para el manejo de la protesta pacífica que se ajuste a los acuerdos internacionales acogidos por Colombia sobre la materia y los principios y directrices establecidos en la Constitución y en las normas vigentes, siempre bajo el supuesto del reconocimiento de la protesta pacífica como un derecho ciudadano. En el mismo sentido, se debería incentivar a los gobernadores y alcaldes atendiendo a características particulares del territorio de su jurisdicción, y a enfoques de género y diferenciales.
- El plan de acción termina, en últimas, inclinándose más hacia la uniformidad que a considerar la diversidad, la diferencia, la necesidad de reconocer a otros y otras, sus particulares visiones del mundo y la vida y, en consecuencia, la posibilidad de construir pactos que las incluya. Otorgar reconocimiento legal a las formas culturales propias de participación de las comunidades y pueblos étnicos, así como a los dispositivos que utilizan para el diseño de sus planes de vida, la toma de decisiones y el procesamiento de conflictos es un ingrediente central en una política de participación ciudadana.
- Las dificultades para la participación ciudadana no responden a meros asuntos procedimentales, que también inciden, sino que encuentran sus raíces en la carencia de condiciones y garantías para poner en ejercicio este derecho que a su vez abre la posibilidad del disfrute de otras libertades y otros derechos. Los obstáculos para la participación ciudadana no están, sustancialmente, en el desconocimiento de espacios e instancias que lo hay, sino más bien en la falta de comprensión institucional de la responsabilidad estatal no solo de brindar información, sino de facilitar el acceso a las dinámicas participativas, sean estas institucionales o no institucionales, es decir, incluyendo la movilización y protesta social.
En síntesis, el reconocimiento de la participación ciudadana como un derecho fundamental y como fin esencial del Estado se limita en esta propuesta de política a la participación de la ciudadanía en el ciclo de la gestión pública con lo cual queda opacados los demás ámbitos de la participación ciudadana.